calcular_sucesiones
Calcula el Impuesto de Sucesiones (ISD) de un heredero individual con reducciones y bonificaciones autonómicas. Para la consulta general de herencia usa "consulta_herencia". NO calcula la reducción por empresa familiar (empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades), ni la estatal ni las autonómicas: exige valorar la empresa y comprobar requisitos que solo puede verificar un asesor fiscal. Si lo que se transmite incluye una empresa o participaciones, NO presentes la cuota como estimación del caso: dile al usuario que la herramienta no cubre la empresa familiar y que consulte a un asesor fiscal. IMPORTANTE: si el usuario está comparando donar en vida vs esperar a la herencia de un inmueble, NO uses esta herramienta suelta ni la sumes a mano con otras: usa directamente "comparar_donacion_vs_herencia", que integra ISD, IRPF del donante y plusvalía municipal en una sola respuesta.
Input Schema
| Name | Required | Description | Default |
|---|---|---|---|
| ccaa | Yes | Comunidad autónoma del fallecido | |
| seguro_vida | No | Importe cobrado como beneficiario de un seguro de vida del fallecido, APARTE de valor_herencia (no lo sumes en él): se acumula a la porción hereditaria (art. 9.1.c LISD) y se le aplica la reducción del art. 20.2.b LISD (100 %, hasta 9195,49 €, para cónyuge, descendientes y ascendientes). | |
| discapacidad | No | Grado de discapacidad. Por defecto "0". | |
| edad_heredero | No | Edad del heredero. Necesaria si es del Grupo III (colateral: hermanos, sobrinos, tíos) y hay vivienda habitual: el art. 20.2.c LISD le exige 65 años o más. También activa la reducción adicional del menor de 21 años en descendientes. | |
| valor_herencia | Yes | Valor neto recibido por el heredero en euros | |
| grupo_parentesco | Yes | Grupo de parentesco. II=HIJO de 21 o más; II-descendiente=nieto/bisnieto de 21 o más (en Cataluña reducen distinto: 100.000 € frente a 50.000 €) | |
| vivienda_habitual | No | Valor de la vivienda habitual heredada (reducción 95%) | |
| convivio_dos_anios | No | Si el heredero convivió con el fallecido los dos años anteriores. Solo se le exige al Grupo III (colateral) para la reducción por vivienda habitual (art. 20.2.c LISD). | |
| patrimonio_preexistente | No | Patrimonio preexistente del heredero en euros (lo que ya tenía antes de heredar). Fija el coeficiente multiplicador del art. 22 LISD, con la corrección del salto de tramo del art. 22.2. Si se omite, se calcula con el coeficiente del primer tramo, el más bajo. |